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Order (Auto)February 21, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Natalia Ángel Cabo

✓Claimant Ardila Pardo Lady Constanza·Respondent Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones Y Otros

✓
Topic · hard data
Demanda En La Que Un Empleado En Misión Solicita El Reconocimiento De Relación Laboral Con La Empresa Usuaria, Cuando Esta Es Una Entidad Pública Y Cuya Regla General De Vinculación Es La De Trabajador Oficial.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Controversias sobre relaciones laborales con empresas de servicios temporales cuando la entidad pública es usuaria y la regla de vinculación es de trabajador oficial
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito Judicial de Bogotá D.C. y el Juzgado Veinticinco Administrativo del Circuito de Bogotá D.C. - Sección Segunda- Oral.

La causa que origina la controversia consiste en demanda ordinaria laboral presentada por una ciudadana, en contra de la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, Colombiana de Temporales Coltempora, Activos S.A.S, Misión Temporal Limitada, Selectiva S.A.S. y Gente Oportuna S.A.S, en la que solicita, entre otras pretensiones, que se declare la existencia de un contrato a término indefinido vigente con Colpensiones, el pago de las acreencias laborales adeudadas en virtud de los sucesivos contratos de obra labor que suscribió con diferentes empresas que fungieron como intermediarias en la relación laboral que tuvo la accionante con Colpensiones.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena concluye, de acuerdo con la regla de decisión del Auto 1728 de 2023, que la jurisdicción ordinaria laboral es la competente para conocer los procesos en que un empleado en misión reclama (i) el reconocimiento de una relación laboral con la empresa usuaria, cuando esta es una entidad pública cuya regla general de vinculación de personal corresponde a la de trabajador oficial, y (ii) el pago de acreencias laborales de manera solidaria, tanto a la empresa de servicios temporales como a la usuaria.

Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 105 del CPACA y el numeral 1 del artículo 2 del CPTSS.

La Corte asigna la competencia a dicha jurisdicción y en consecuencia resuelve remitir el expediente al Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Bogotá D.C para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida acción y para que comunique la presente decisión Juzgado Veinticinco Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C. - Sección Segunda- Oral y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veinticinco Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C. - Sección Segunda- Oral y el Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Bogotá D.C., y DECLARAR que el conocimiento de la demanda ordinaria laboral presentada por Lady Constanza Ardila Pardo en contra de Colpensiones y otras le corresponde al Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Bogotá D.C
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4824 al el Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Bogotá D.C para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida acción y para que comunique la presente decisión Juzgado Veinticinco Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C. - Sección Segunda- Oral y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
Cited by0
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